Toda persona investigada o acusada tiene derecho a una defensa técnica rigurosa. Es un principio del Estado de derecho, sin excepciones.
Pedir cita confidencialEl artículo 189 del Código Penal regula los delitos relacionados con la explotación y el material de abuso sexual de menores. Es una de las materias penales de mayor gravedad social y procesal. Como en cualquier procedimiento penal, la persona investigada o acusada conserva el derecho a la presunción de inocencia y a una defensa técnica completa — el derecho de defensa no es un juicio sobre los hechos, es una garantía procesal básica que protege a toda persona, en todo procedimiento.
| Apartado | Artículo CP | Pena prevista |
|---|---|---|
| Art. 189.1 | Art. 189 CP | Prisión de 1 a 5 años |
| Art. 189.2 | Art. 189 CP | Prisión de 5 a 9 años |
| Art. 189.3 | Art. 189 CP | Pena superior en un grado a las de los apartados 1 y 2 |
| Art. 189.4 | Art. 189 CP | Prisión de 6 meses a 2 años |
| Art. 189.5 | Art. 189 CP | Prisión de 3 meses a 1 año, o multa de 6 meses a 2 años |
| Art. 189.6 | Art. 189 CP | Prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses |
Datos contrastados con el texto vigente del Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, BOE). Las penas concretas dependen siempre de las circunstancias del caso y de la valoración judicial; esta tabla es orientativa y no sustituye el análisis individualizado de su expediente.