Delitos contra la intimidad

Defensa penal en allanamiento de morada

Entrar o permanecer en una vivienda o local ajeno sin consentimiento tiene penas de prisión que se agravan de forma notable si hay violencia o intimidación.

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El allanamiento de morada castiga entrar en la vivienda de otra persona, o permanecer en ella, en contra de su voluntad. Existe una figura equivalente para despachos profesionales, oficinas y locales de negocio. Si el allanador es autoridad o funcionario público actuando fuera de sus atribuciones, la pena se agrava e incluye inhabilitación.

Bolsa de pruebas sellada con lacre dorado, símbolo de la investigación penal en allanamiento de morada
El allanamiento de morada protege un derecho fundamental — la inviolabilidad del domicilio — y su análisis exige precisión jurídica desde el primer momento.

Penas previstas por la ley

SupuestoArtículo CPPena prevista
Vivienda, tipo básicoArt. 202.1 CPPrisión de 6 meses a 2 años
Vivienda, con violencia o intimidaciónArt. 202.2 CPPrisión de 1 a 4 años y multa de 6 a 12 meses
Local, oficina o establecimiento, fuera de horarioArt. 203.1 CPPrisión de 6 meses a 1 año y multa de 6 a 10 meses
Permanecer en local fuera de horarioArt. 203.2 CPMulta de 1 a 3 meses
Local, con violencia o intimidaciónArt. 203.3 CPPrisión de 6 meses a 3 años
Cometido por autoridad o funcionario públicoArt. 204 CPPena en su mitad superior + inhabilitación de 6 a 12 años

Qué hacer si le acusan de allanamiento

Aviso de transparencia: por secreto profesional, no se detallan casos ni clientes concretos en esta web. La información legal de esta página es de carácter general y no constituye asesoramiento jurídico para un caso concreto — cada expediente se analiza de forma individual en consulta.

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