Garantías procesales

Defensa en procedimientos de violencia de género

Todo investigado tiene derecho a una defensa técnica rigurosa. Ese derecho no es incompatible con el respeto absoluto a la víctima ni al procedimiento.

Contacto urgente

Los procedimientos por violencia de género (regulados, entre otros, en la Ley Orgánica 1/2004) tienen especialidades procesales propias: juzgados específicos, medidas cautelares particulares como la orden de protección, y plazos y garantías concretas. El derecho a una defensa técnica adecuada existe en todo procedimiento penal, sin excepción, como parte esencial de las garantías del proceso.

Qué se trabaja en la defensa

Aviso de transparencia: por secreto profesional no se detallan casos ni clientes concretos. La información de esta página es general y no constituye asesoramiento legal para un caso concreto ni garantía de resultado — cada procedimiento requiere estudio individual del expediente.
Marco legal

Penas previstas por la ley

SupuestoArtículo CPPena prevista
Maltrato/lesiones leves en el ámbito de la parejaArt. 153 CPPrisión de 6 meses a 1 año, o TBC de 31-80 días
Amenazas leves en el ámbito de la parejaArt. 171.4 CPPrisión de 6 meses a 1 año, o TBC de 31-80 días
Coacciones leves en el ámbito de la parejaArt. 172.2 CPPrisión de 6 meses a 1 año, o TBC de 31-80 días
Lesiones agravadas por razón de pareja/exparejaArt. 148.4 CPPrisión de 2 a 5 años

Qué hacer si se enfrenta a esta acusación

¿Está siendo investigado en un procedimiento de este tipo?

Es fundamental contar con asesoramiento desde el primer momento, sea cual sea la fase del procedimiento.

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