Detención ilegal, secuestro y extorsión: delitos graves contra la libertad que exigen una defensa técnica inmediata desde la primera comparecencia.
Contacto urgenteEl secuestro y la detención ilegal (arts. 163-166 CP) y la extorsión (art. 243 CP) son delitos contra la libertad de especial gravedad, que con frecuencia se investigan junto a otras figuras como las amenazas o los delitos patrimoniales. La pena varía sustancialmente según concurran o no exigencias económicas, duración de la privación de libertad, o resultado lesivo para la víctima.
| Supuesto | Artículo CP | Pena prevista |
|---|---|---|
| Detención ilegal, tipo básico | Art. 163.1 CP | Prisión de 4 a 6 años |
| Detención ilegal de más de 15 días | Art. 163.3 CP | Prisión de 5 a 8 años |
| Secuestro condicionando la libertad a una exigencia | Art. 164 CP | Prisión de 6 a 10 años |
| Extorsión | Art. 243 CP | Prisión de 1 a 5 años |
Datos contrastados con el texto vigente del Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, BOE). Las penas concretas dependen siempre de las circunstancias del caso, la valoración judicial y las posibles atenuantes o agravantes; esta tabla es orientativa y no sustituye el análisis individualizado de su expediente.