Actuación urgente

Defensa frente a la prisión provisional

Cuando se solicita el ingreso en prisión durante la instrucción, la rapidez y la calidad del argumento jurídico son determinantes.

Contacto urgente

La prisión provisional (arts. 502 a 519 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal) es una medida cautelar excepcional, no una pena anticipada. Su adopción exige que concurran requisitos estrictos —riesgo de fuga, de destrucción de pruebas o reiteración delictiva— y una defensa preparada puede argumentar medidas alternativas menos gravosas.

Qué se argumenta en la vista

"En una vista de prisión provisional no hay margen para improvisar. El argumento tiene que estar listo antes de entrar a la sala."
Aviso de transparencia: por secreto profesional no se detallan casos ni clientes concretos. La información de esta página es general y no constituye asesoramiento legal para un caso concreto ni garantía de resultado — cada procedimiento requiere estudio individual del expediente.

¿Hay una vista de prisión provisional próxima?

Disponibilidad para actuación urgente. Cada hora de preparación cuenta.

Pedir cita ahora