Conducción bajo los efectos del alcohol o drogas, atropello con fuga, conducción temeraria: delitos frecuentes que, mal defendidos, pueden costar la pérdida del carné y antecedentes penales de por vida.
Contacto urgenteLos delitos contra la seguridad vial (arts. 379 a 385 CP) incluyen la conducción bajo la influencia de alcohol o drogas, la conducción temeraria y el exceso de velocidad extremo. El atropello con fuga añade además, con frecuencia, un posible delito de omisión del deber de socorro (arts. 195-196 CP).
| Supuesto | Artículo CP | Pena prevista |
|---|---|---|
| Exceso de velocidad (+60 km/h urbana o +80 km/h interurbana) | Art. 379.1 CP | Prisión de 3 a 6 meses, multa o TBC, y privación de conducir de 1 a 4 años |
| Conducción bajo la influencia del alcohol o drogas | Art. 379.2 CP | Mismas penas que el art. 379.1 |
| Conducción temeraria con concreto peligro | Art. 380 CP | Prisión de 6 meses a 2 años y privación de conducir de 1 a 6 años |
| Conducción con manifiesto desprecio por la vida de los demás | Art. 381 CP | Prisión de 2 a 5 años, multa y privación de conducir de 6 a 10 años |
| Conducir sin permiso o tras su pérdida | Art. 384 CP | Prisión de 3 a 6 meses, multa o TBC |
Datos contrastados con el texto vigente del Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, BOE). Las penas concretas dependen siempre de las circunstancias del caso, la valoración judicial y las posibles atenuantes o agravantes; esta tabla es orientativa y no sustituye el análisis individualizado de su expediente.